Este domingo, 18 de octubre, se celebra como cada año desde 1972 el Día Mundial de la Protección de la Naturaleza, en conmemoración de las palabras que el general argentino Juan Domingo Perón pronunció el 16 de marzo de 1972, mientras se encontraba exiliado en Madrid, y que fueron enviadas a Kurt Waldheim, entonces secretario general de las Naciones Unidas.
En ellas, Perón alertaba sobre:
“la marcha suicida que la humanidad ha emprendido a través de la contaminación del medio ambiente y la biosfera, la dilapidación de los recursos naturales, el crecimiento sin freno de la población y la sobreestimación de la tecnología” .
Día Mundial de la Protección de la Naturaleza
En este sentido, las Naciones Unidas han adoptado la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. A través de sus objetivos integra la protección de la naturaleza, implicando un compromiso común y universal, como pueden ser los siguientes objetivos:
- 13: Adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos.
- 14: Conservar y utilizar en forma sostenible los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible.
- 15: Gestionar sosteniblemente los bosques, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y detener la pérdida de biodiversidad.
Otra de las maneras efectivas de proteger la naturaleza es a través de la educación ambiental desde la infancia y mediante la toma de conciencia por parte de las personas de la importancia de esta protección, ya protegiendo la naturaleza nos protegemos a nosotros mismos.
Máxima justicia medioambiental
Tenemos que replantearnos nuestra existencia en el planeta y nuestra cooperación para hacer del mundo un lugar en el que podernos sentirnos libres y seguros. Las bases de este nuevo derecho ambiental (basado en el escrito de Susana Borrás para las Naciones Unidas) podrían resumirse en:
- El reconocimiento de la personalidad jurídica de la naturaleza.
- El reconocimiento de los derechos de la naturaleza: el derecho a la vida, el derecho a la no corrupción de la diversidad, de vida, el derecho al agua necesario para mantener los sistemas vivos, el derecho al aire limpio, el derecho a no tener alterado el equilibrio de los ciclos terrestres, el derecho a la restauración del daño causado directamente o indirectamente por los humanos, y el derecho a vivir libre de contaminación, incluso de sustancias tóxicas y de la radiactividad.
- El reconocimiento no solo del derecho al medio ambiente sino también, y sobre todo, del deber de cuidar y proteger los sistemas naturales de la Tierra: en este sentido, nuestro sistema legal actual permite la existencia de guardianes y fideicomisos para personas y entidades que no puedan cuidar o protegerse a sí mismas.
- Introducción de cambios en el locus standi para la defensa de la naturaleza: hay muchos argumentos para ir expandiendo una doctrina permanente que incluiya entidades naturales, especialmente cuando las entidades no vivas como corporaciones y fideicomisos ya se les otorga legitimidad. La doctrina de la tutela es un bien establecido en el derecho civil y podría servir para proteger los mejores intereses de las entidades naturales en actas.
- Introducción al delito de “ecocidio”.
- Introduciendo el principio en dubio pro natura.
- Introducción de una acción popular para proteger los derechos de la naturaleza, los litigios de interés público y las acciones colectivas.
- Otorgamiento de derechos a las generaciones futuras.
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